Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38047

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-12

Carátula: GILES Alicia Manuela c/EMPRESA ENERGIA RN S.A. S/ Beneficio y sumarisimo

Descripción: Inicio

//neral Roca, 12 de septiembre de 2007.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Cítese a los futuros demandados EMPRESA DE ENERGIA RN S.A., y a la Dirección General de Rentas, a fin de que comparezcan a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrense cedulas.-

Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, MARCELO ISAAC ANTIMILLA, LUCAS DAVID ANTIMILLA y VILMA HERNANDEZ, fíjase la audiencia del día 31 de octubre de 2007 a las 08:30 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 15 de noviembre de 2007 a las 09:00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédulas.-

Líbrense oficios al RPI, R.P.A de que informen si los actores poseen bienes inscriptos a su nombre.-

Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

A lo demás, estése a la resolución del beneficio solicitado .-

Deposítese en caja fuerte la documental acompañada a fs. 28/29.-

Hágase saber al presentante que la documental de fs. 3/12 y 16/18 fue acompañada en fotocopias simples; y no habiendo acompañado copias de la documental de fs. 13/15 y 19/27, sus originales (o copias certificadas) quedan glosados al expte. bajo su riesgo.-

Atento lo dispuesto por el art. 121 del CPC, exímase al presentante de acompañar copias de fs. 28/29 la que queda depositada en caja fuerte a disposición de la contraria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental de fs. 28 (Talonario de remito de Frutas "El Grillo" Nro. 0001-00000001 al 0000034 utilizadas y al 00000050 en blanco) y fs. 29 (Talonario de facturas de Frutas "El Grillo" Nro. 0001-00000001 al 00000043 utilizadas y de ahí al 00000050 en blanco). Conste.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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