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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35156
Fecha: 2007-09-12
Carátula: CREDIL S.R.L. C/MIRANDA Armando Jesús S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion por acrecidos.-
//neral Roca, 12 de Setiembre de 2007.-
Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ 75.......MB:$ 710,69.- capital, gastos, honorarios,aporte de Caja Forense con más sus respectivos intereses según planilla practicada a fs.68 y vta.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de auqélla (arts,6,6 bis,7 y 40 Ley 2212 RN).-
Cúmplase con la Ley 869.-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.90, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro