Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35850

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-19

Carátula: Municip. Villa REGINA C/ROTH Hugo S. y Otra S/ Ejecutivo

Descripción: subasta inmueble

General Roca, 19 de agosto de 2.005.-

En mérito a lo solicitado, procédase a la venta en pública subasta del bien embargado a fs. 37 con la base de 8.500, por intermedio del martillero don Horacio José Prosetto. El martillero designado deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado por cédula de su designación, bajo apercibimiento de remoción, y dar cumplimiento a su cometido, percibiendo el 10% de seña y el 3% de comisión, exigiendo a quien resulte comprador en el acto de la firma del boleto, la constitución de domicilio procesal en el radio de asiente del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se la darán por notificadas automáticamente conforme el art. 133 del C.P.C. y C., debiendo el rematador rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa.

Publíquense edictos por DOS días, en el Boletín Oficial y Diario Río Negro (arts. 563,564, 566, 575 y 576 del C.P.C. y 208 L.C.Q.), debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4 de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o Nro. y tipo de documetno de todos los sujetos intervinientes.-

Líbrese mandamiento de constatación.-

Previo a fijar fecha de subasta, deberá notificarse a los ejecutados el embargo ordenado en autos, como consta a fs. 28 vta., a cuyo fin líbrese cédula a Villa Regina.-

Téngase presente la tasación acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro