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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 19899III
Fecha: 2007-09-11
Carátula: BANCO Liberato S/ Sucesión
Descripción: regula por la tercera etapa
General Roca, 11 de septiembre de 2007.-
Regulo por la tercera etapas los honorarios profesionales del Dr. Santiago Antonio Hernandez (patrocinante) en la suma de $ 3800 a cargo de los herederos y $ 1.900 a cargo del cónyuge supèrstite y del Dr. Fernando Enrique Detlefs (apoderado) en la suma de $ 3.590 .a cargo de los herederos y por la suma de $ 1799 a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 273.292,17 -valuaciones de fs. 157.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro