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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0187/2006
Fecha: 2007-09-07
Carátula: ENTRAIGAS LUIS OSCAR C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CLAUSURA Y PONE LOS AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº : 0187/2006.-
CARATULA: ENTRAIGAS LUIS OSCAR C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 246, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
Prueba de la Actora:
Documental: Tiénese presente.-
Documental en Poder de la Demandada: desistido a fs. 246.-
Pericia contable: producida a fs. 224/230, observada por la demandada a fs. 235/239, contestación del perito a fs. 242/243.-
Prueba de la Demandada:
Documental: Tiénese presente.-
Informativa: Expte. AN 0756-40-00250, reservado en Secretaría bajo registro E - 02/06 (fs. 214).-
Pericia contable: producida a fs. 224/230, observada por la demandada a fs. 235/239, contestación del perito a fs. 242/243.-
Secretaría, septiembre de 2007
a.p.
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, septiembre de 2.007.-
Atento a la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y de conformidad con lo previsto por el art. 482, 2do. párrafo del C. Pr. pónganse las actuaciones para alegar. Notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro