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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38045
Fecha: 2007-09-07
Carátula: BAITMAN Mario Eduardo S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Inicio
//neral Roca, 07 de septiembre de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Cítese a la contraparte GERARDO MORA y NILDA CIFUENTES, y a la Dirección General de Rentas, a fin de que comparezcan a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrense cédulas.-
Póngase el interrogatorio propuesto a disposición de la contraria por el término de cinco días para su observación.-
Fecho, líbrese oficio directo ley 22.172 a la ciudad de Rosario a fin de que fije audiencia para la declaración testimonial de JUAN AYAS, LILIANA HECKER y GUSTAVO ADOLFO LEONEL MONDAINI, debiéndose comunicar con la debida antelación día y hora de las audiencias a fijarse.-
Líbrense oficios a ANSES, RPI, R.P.A correspondientes, Registro General de Propiedad de que informen si el actor posee bienes inscriptos a su nombre y sobre lo requerido.-
Téngase presente las personas facultadas para los diligenciamientos.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro