Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00144-014-04

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-06

Carátula: E.P.R.E. / C.E.B. S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA

Descripción: no ha lugar --- prestamo a DGR --

Expediente Nro.00144-014-04

San Carlos de Bariloche, 6 de septiembre de 2007

A fs. 270: Atento a lo dispuesto por el art. 166 inc. 2° del C.P.C.C. y constancias de autos (conf. fs. 262 y vta.): Por extemporáneo, no ha lugar.- Estése a lo dispuesto a fs.257/258.-

A fs. 271: Facilítese la causa en préstamo por el término de dos días, bajo apercibimiento de ley (art. 128 del C.P.C.C.).

HORACIO CARLOS OSORIO

PRESIDENTE DE CAMARA

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Poder Judicial de Río Negro