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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00144-014-04
Fecha: 2007-09-06
Carátula: E.P.R.E. / C.E.B. S/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA
Descripción: no ha lugar --- prestamo a DGR --
Expediente Nro.00144-014-04
San Carlos de Bariloche, 6 de septiembre de 2007
A fs. 270: Atento a lo dispuesto por el art. 166 inc. 2° del C.P.C.C. y constancias de autos (conf. fs. 262 y vta.): Por extemporáneo, no ha lugar.- Estése a lo dispuesto a fs.257/258.-
A fs. 271: Facilítese la causa en préstamo por el término de dos días, bajo apercibimiento de ley (art. 128 del C.P.C.C.).
HORACIO CARLOS OSORIO
PRESIDENTE DE CAMARA
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Poder Judicial de Río Negro