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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0294/2004
Fecha: 2007-09-04
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IOGNA ENZO Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: ELSA CATALINA PASQUINI
Domicilio: RIVADAVIA 65 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IOGNA ENZO Y OTRA S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0294/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre de 2.007.- Atento lo peticionado, constancias de autos y a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase nueva audiencia para el día 17 de octubre de 2007 a las 9,30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, haciendo saber a las mismas que quedarán notificadas de todo lo que aconteciere en el acto y que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr. y se le impondrá una multa con destino al servicio informático del Poder Judicial. Hágase saber que de conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar. Notifíquese por Secretaría.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro