Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38018

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-04

Carátula: CAYUQUEO Nestor Adrian c/AYMALE Monica Alejandra S/ Ejecutivo

Descripción: escrito para devolver//nota

NOTA: Se deja constancia que en fecha 31.08.2007 el Dr. Cuomo letrado de Néstor Adrián Cayuqueo presentó un escrito de ampliación de la demanda, el que fue devuelto informando que no siendo la deuda, el vencimiento de un nuevo plazo de la obligación por la cual procede la ejecución (art. 541 del C.P.C.), a lo solicitado no ha lugar.-

Ordenándose asimismo la entrega al letrado, a fin de ser remitido a la Cámara de Apelaciones para el sorteo del Juzgado en el que tramitará.-

Secretaría, 04 de septiembre de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

esto quedó en el escrito que presentó elDr. Cuomo

General Roca, 04 de septiembre de 2007.-

No siendo la presente deuda el vencimiento de un nuevo plazo de la obligación por la cual procede la ejecución (art. 541 del C.P.C.), a lo solicitado no ha lugar.-

Devuélvase el escrito a su presentante a fin de ser remitido a la Cámara de Apelaciones para el sorteo del Juzgado en el que tramitará.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro