include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35909
Fecha: 2007-08-31
Carátula: PISTAGNESI Silvia c/CONCRETO ROCA S.A. S/ Ordinario
Descripción: Providencia
//neral Roca, 31 de AGOSTO de 2007.=
En atención a lo solicitado y estado de autos, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.1079, declárase la negligencia de la prueba faltante de producción ofrecida por la parte demandada: Traslado al perito de la impugnación de pericia de fs.761.- Testimonial: del representante legal de Hormigonera Confluencia. Informativa de Milla Neumático SRL, Citibank, Registro Civil y Banco Francés, la que no podrá ser producida en esta instancia.- Consecuentemente, clausúrase el término probatorio.-NOT.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro