Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0352/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-30

Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ DROSAN S.R.L. S/ APREMIO

Descripción: no se hace lugar - se mantiene providencia

EXPTE. No. 0352/2007

CARATULA: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ DROSAN S.R.L. S/ APREMIO

Viedma, agosto de 2007.-

Atento que del texto de la cédula obrante a fs. 10 no surge el detalle de las copias de escrito y/o documentos adjuntados a la misma, conforme lo dispone el art. 136 del C.Pr., como tampoco en la diligencia efectuada (fs. 10 vta) se ha dejado claramente constancia de las copias entregadas y teniendo en cuenta que los argumentos vertidos por la recurrente a fs. 12 no conmueven los tenidos en cuenta para el dictado de la providencia obrante a fs. 11; y a los fines de evitar posibles perjuicios, a la revocatoria interpuesta no ha lugar, manteniéndose en todos sus términos la providencia atacada.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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