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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 20042III
Fecha: 2007-08-28
Carátula: BANCO NACION ARG. c/ALENCI Juan S/Suc. S/ Ejecutivo
Descripción: providencia
General Roca, 28 de agosto de 2007.-
Atento la falta de oposición de la actora y habiéndose decretado la inhibición general de la heredera pretendiendo preservar los bienes de la sucesión, no corresponde mantenerla atento la naturaleza de la misma que tiende afectar al inhibido en forma personal. En función de ello, excediendo esta medida las facultades con que cuenta el acreedor, deberán levantarse las medidas cautelares de inhibición general de bienes respecto de la Sra. NOEMI ELISA ALENCI como heredera de Juan Alenci. A esos efectos librese oficio a los Registros correspondientes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro