Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0631/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-28

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CALFIN PEDRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS

Descripción: llama la atención-nulidad cédula

EXPTE. N° 0631/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CALFIN PEDRO S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS

Viedma, agosto de 2007.-

Agréguese la cédula recibida.-

Surgiendo de la cédula en cuestión que se ha procedido a notificar una resolución que no ha sido dictada en estas actuaciones, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación.-

Asimismo hágase saber a la Dra. María Valeria Coronel que en lo sucesivo en las actuaciones que se cumplan ante este Tribunal, aún en el ejercicio pleno del derecho de defensa que le corresponda, debe ajustar su actuación de manera de coadyuvar eficientemente a la buena y recta administración de justicia a fin de cumplir con los principios de lealtad, probidad y buena fe procesal (conf. art. 34 inc. 5 del C. Pr.).-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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