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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0261/2006
Fecha: 2007-08-27
Carátula: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0261/2006.-
CARATULA: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
Viedma, agosto de 2007.-
Tiénese presente el desistimiento formulado.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: Tiénese presente.-
Documental en poder de la demandada: desistida a fs. 283.-
Pericia Contable: Producida a fs. 266/272; 277 y 280.-
Informe de la Consultora Técnica: producido a fs. 282.-
PARTE DEMANDADA:
Documental: Tiénese presente.-
Informativa: Se reservó el expediente HN-0711-40-00370 bajo el registro S-52/06.-
Pericia Contable: Producida a fs. 266/272; 277 y 280.-
SECRETARIA, agosto de 2007.-
s.b.s.
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, agosto de 2007.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro