Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0261/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-27

Carátula: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0261/2006.-

CARATULA: SCHIAVI LUZ FELISA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

Viedma, agosto de 2007.-

Tiénese presente el desistimiento formulado.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PARTE ACTORA:

Documental: Tiénese presente.-

Documental en poder de la demandada: desistida a fs. 283.-

Pericia Contable: Producida a fs. 266/272; 277 y 280.-

Informe de la Consultora Técnica: producido a fs. 282.-

PARTE DEMANDADA:

Documental: Tiénese presente.-

Informativa: Se reservó el expediente HN-0711-40-00370 bajo el registro S-52/06.-

Pericia Contable: Producida a fs. 266/272; 277 y 280.-

SECRETARIA, agosto de 2007.-

s.b.s.

Ana Carolina Soccia

Secretaria

Viedma, agosto de 2007.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro