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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35820
Fecha: 2007-08-23
Carátula: COOP. FARO LTDA C/RODRIGUEZ Guillermo S/ Ejecutivo
Descripción: Embargo
//neral Roca, 23 de AGOSTO de 2007.=
Téngase presente y procédase al desglose de fs.76 por no pertenecer a éstos autos.
Líbrese oficio a la firma mencionada a fin de que trabe embargo sobre los haberes, comisiones y/o cualquier otra acreencia que tenga a percibir el demandado, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 1.239,99.- en concepto de capital con más la de $ 372.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro