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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33482III
Fecha: 2007-08-23
Carátula: BRUSAIN Armando c/ GUECAMBURU Juan s/ S/ Ejecutivo
Descripción: se agrega art. 580 CPC
General Roca, 23 de agosto de 2007.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C., si fracasare el remate por falta de postores, después de media hora de iniciado el mismo, se reducirá la base al 75%. si durante la media hora siguiente tampoco hubiere ofertas, se reducirá la base al 50% .-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro