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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36533
Fecha: 2005-08-18
Carátula: BANCO DE LA PAMPA SEM C/VINCENTY Hector José y otro S/ Ejecutivo
Descripción: providencia
//neral Roca, 18 de AGOSTO de 2005._
Agréguese.
Atento la incomparecencia de los demandados al reconocimiento de la firma, tiénese por reconocida la misma y en consecuencia líbrese mandamiento directo de intimación, pago y embargo a Neuquén, en las condiciones establecidas a fs. 97 debiendo oponer excepciones dentro del plazo de CINCO DIAS.-
Cúmplase con la intimación ordenada a fs. 93, respecto a Mónica Ester Vincenty.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro