Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 22643III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-21

Carátula: MORERO Hector Noveno S/ Sucesión

Descripción: regulación

General Roca, 21 de agosto de 2.007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “MORERO HECTOR NOVENO S/SUCESION (22.643-III-89)”.-

RESUELVO: Regular, por la primera etapa los honorarios profesionales del Dr. Eduardo Horacio Hardziej en $ 1.495.- y por las dos primeras etapas los del Dr. Hugo Raúl Epifanio en $ 2.691, a cargo de los herederos.- (M.B. 50% correspondiente a la valuación de fs. 71, conforme condominio de fs. 73/4, $ 32.002,15- que se encuentran agregados en los autos 25.193-III-92 "GELARDI ANGELA S/SUCESION" arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse libres deudas de los inmuebles D.C. 05.1-D-814-15 A y 05-1-D-814-15B.-

Agréguese el certificado de inhibiciones del causante.-

NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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