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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0467/2005
Fecha: 2007-08-16
Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO
Descripción: ADELANDO PARA GASTOS
EXPTE. Nº : 0467/2005.-
CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO.-
Viedma, agosto de 2007.-
Resérvese nuevamente en Secretaria bajo registro R - 25/05 la documentación original acompañada.-
Atento lo peticionado por el perito actuante y de conformidad con lo dispuesto por el art. 463, 2do. párrafo del C. Pr., hágase saber a la parte actora que en el término de cinco (5) días deberá depositar la suma de $ 200 en concepto de adelanto para gastos del perito, la misma se hará en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A, ello bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de dicha prueba. Notifíquese.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber al perito calígrafo que conforme surge de las constancias de la causa la demandada Sra. Egler no se ha podido ubicar, por lo que citada por edictos, se le ha designado a la sra. Defensora de Ausentes para que la represente, todo ello a los fines que estime corresponder.-
A lo demás, oportunamente.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro