Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0712/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-16

Carátula: MAGAGNA JUAN CARLOS Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: APRUEBA LIQ

EXPTE. N° 0712/2002

CARATULA: MAGAGNA JUAN CARLOS Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, agosto de 2007.-

Tiénese presente el informe presentado.-

Atento el estado de autos y constancias de la causa, habiéndose efectuado un nuevo análisis de la cuestión, toda vez que conforme se expresara en la sentencia dictada a fs. 307/314, que fuera debidamente confirmada por la Cámara de Apelaciones a fs. 340/344, la suma que el actor adeudaba al banco demandado ascendía a $ 4.020,50 con la quita incluida y que el actor ha abonado en concepto de medida cautelar según surge del informe del perito contador la suma de $ 3.564,86, corresponde en este estado establecer que el actor adeuda a la entidad bancaria demandada la suma de $ 455,64, la que deberá ser abonada en dos cuotas, en el plazo de 30 y 60 días, respectivamente, conforme lo dispuesto en el considerando 5° de la sentencia de primera instancia. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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