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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0104/2005
Fecha: 2007-08-16
Carátula: CANTERA ELVIO VICENTE Y OTRO C/ VIDAURRETA EDITH CELIA S/ SUMARISIMO
Descripción: EMBARGO PREVENTIVO ART. 212
embargoEXPTE Nº 0104/2005
CARATULA: CANTERA ELVIO VICENTE Y OTRO C/ VIDAURRETA EDITH CELIA S/ SUMARISIMO
Viedma, agosto de 2.007.-
Proveyendo a fs. 165/169:
Agréguense.-
Al escrito de fs. 170:
Atento lo peticionado, de conformidad con lo previsto en los arts. 195 y 212 inc. 3° del C.Pr. y constancias de autos, trábese embargo preventivo sobre las sumas de dinero que la demandada sra. Edith Celia Vidaurreta tenga a percibir en los autos caratulados: "Cantera Elvio Vicente y Otro c/ Pompilio Alfredo Osvaldo y otra s/ Sumario (Daños y Perjuicios) (Expte nº 1020/01/5) que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 2 de la ciudad de Tres Arroyos del Departamento Judicial de Bahía Blanca, hasta cubrir la suma de $ 119.748 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 12.000 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro