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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0547/2005
Fecha: 2007-08-15
Carátula: CARABAJAL ROSA AMELIA C/ CABELLO QUIROGA ESTHER CRISTINA S/ SUMARIO (ESCRITURACION)
Descripción: ABRE A PRUEBA
EXPTE. Nº 0547/2005
AUTOS: CARABAJAL ROSA AMELIA C/ CABELLO QUIROGA ESTHER CRISTINA S/ SUMARIO (ESCRITURACION)
Viedma, agosto de 2.007.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 489 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 46, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-
TESTIMONIAL: Tiénese presente para su oportunidad.-
INFORMATIVA: Líbrese oficio al Juzgado de Instrucción nº 2 de Viedma, a los efectos de solicitarle ad effectum videndi et probandi el expediente nº 36.988/04 caratulado "CARAVAJAL ROSA AMELIA S/ DENUNCIA" y la documentación reservada a fs. 16 de la causa.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro