Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38012

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-15

Carátula: GALLEGO Estela Edith y SANCOR COOP. SEGUROS Ltda. S/ Homologación

Descripción: Homologa//Regula

//neral Roca, 15 de agosto de 2007.-

VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados "GALLEGO Estela Edith y SANCOR COOP. SEGUROS Ltda. S/ Homologación" (Expte. N* 38012).-

Téngase presente el dictamen de la Sra. Asesora de Menores; y

RESUELVO: Homologar el convenio de fs. 12. Not.-

Téngase presente los honorarios pactados para los Dres. Ana Zinkgraf y Adriana Patricia Ibañez.-

Regular los honorarios del Tomas RODRIGUEZ en $ 4.000.- y del Dr. Tomás Alberto RODRIGUEZ en $ 4.000.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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