Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36809

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-14

Carátula: TORRES Anibal c/FERREYRA Lucio S/ Prescripción Adquisitiva

Descripción: Adecuación trámite

//neral Roca, 14 de AGOSTO de 2007.=

Atento la entrada en vigencia del nuevo código procesal, el presente trámite comenzará a regir por las normas del proceso ordinario (art. 319 CPC).-

Déjase sin efecto lo proveido a fs. 261, 2º y 3er. párrafo.

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de quince días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a esta ciudad y directa ley 22.172 a la ciudad de Neuquén Capital.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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