Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37862

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-14

Carátula: TORRES Angela Guadalupe y Otra S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Acta Testimonial

Autos: "TORRES Angela Guadalupe y Otra S/ Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. Nro. 37862)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, a los catorce dias del mes de agosto de 2007, siendo las 8.40 horas, comparece ante ante mí Secretaria Autorizante, el Dr. Omar R. Jurgeit en carácter de gestor procesal del peticionante. Abierto el acto comparece la Sra. MARIELA RUTH RIQUELME, DNI 18.218.288, argentina, soltera, empleada doméstica, domiciliada en Cabo de Hornos 3087 de Paso Córdoba, quien previo juramento de ley depone a tenor del interrogatorio de fs. 9 vta. Por las generales de la ley, Contesta: que conoce a la sra. Marin de Torres desde que la dicente era chica y ellos ya vivían allí, y a Guadalupe la conoce desde bebé, que son vecinas. Que no conoce Silvia R. Encina, ni a Ricardo Gutiérrez, ni tiene relacion alguna con el Hospital de Roca, que las demás no le comrpenden. 2) que la señora Marin tiene casa, que supone que está a nombre del esposo, que el esposo también tiene auto, que yo sepa no tiene casa Guadalupe. 3) que es ama de casa; que Guadalupe no sabe si hoy está trabajando pero ha trabajado en casas de familia. 4) que la sra. Marin vive del sueldo del esposo, de Guadalupe no sabe. 5) que la sra. Marin vive enfrente de la casa de la dicente, la calle también es Cabo de Hornos, que la casa es sencilla, que Guadalupe vive en Canale creo. 6) que la señora Marin vive con su esposo, con dos o tres hijos que no sabe si todos están en la casa, y con dos nietitos que los crió ella; que no sabe con quién vive Guadalupe. 7) que por ser vecinos con al señora Marin, como la dicente vende ropa a veces la visita o la señora Marin se cruza a mi casa. De Guadalupe no sabe mucho porque como ahora no vive en el barrio no la ve. No siendo para más se da por terminado el interrogatorio, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Acto seguido comparece la Sra. EMELINA ROSA UMANZOR SALAZAR, DNI 18.747.521, naturalizada argentina, viuda, ama de casa, domiciliada en paso Córdoba, calle Cabo de Hornos 3035, quien previo juramento de ley depone a tenor del interrogatorio de fs. 6 vta. 1) que conoce a Guadalupe Torres desde que era bebé, y a Ana Marin de Torres también la conoce hace 25 años más o menos, que son vecinas, que no conoce a la Sra. Silva R. Encina ni a Ricardo Gutierrez, no tiene relación con el Hospital de Roca, que las demás no le comprenden. 2) que Angela Guadalupe Torres no sabe si tiene casa propia porque ahora vive en Chacra Monte, que la sra. Marin de Torres sí tiene casa propia, donde vive, también tiene auto. 3) que las dos son amas de casa. 4) que Guadalupe no sabe de qué vive porque ahora no la ve, que la Señora Marin vive del sueldo del esposo que es jubilado de la policía. 5) que Guadalupe vive en Chacra Monte y la señora Marin vive en Cabo de Hornos, Paso Córdoba. 6) que Guadalupe cree que está juntada con un muchacho, que la señora Marin vive con su esposo y dos hijos menores. 7) que se como vecinos nomás, no tienen mucho contacto. No siendo para más se da por finalizado el interrogatorio, firmando al pie.-

Acto seguido comparece el Sr. JULIO ENRIQUE MELIQUEO AGUILERA, dni 92.269.812,chileno, viudo, jubilado, domiciliado en Paso Córdoba, calle Cabo de Hornos, quien previo juramento de ley depone a tenor del interrogatorio de fs. 9 vta. 1) que conoce a Angela Guadalupe Torres desde que nació porque conoció a los padres desde que llegaron al barrio en los años 68 ó 69, que también es vecino de la Sra. Ana Marin de Torres, son vecinos frente a frente, que no conoce Silvia Roxana Encina, ni a Ricardo Gutiérrez, ni tiene relación con el Hospital de Roca, que las demás no le comprenden. 2) que la señora Ana Marin de Torres tiene casa propia, y el esposo de ella tiene auto, y Guadalupe no debe tener, no está seguro, no tiene auto. 3) que para mí Guadalupe trabaja en quehaceres domésticos nomás de su casa, y la sra. Torres también es ama de casa y tiene unos nietos que está criando, una nena y un varón. 4) que Guadalupe debe vivir del sostén de los padres, y la sra. Marin cree que tiene una pequeña pensión por tener bastante familia y el esposo es retirado de la policía. 5) que Guadalupe ahora está viviendo en Chacra Monte porque se ha juntado con un muchacho, que la señora Marin vive en Paso Córdoba en su casa, que es una casa bastante regular, casa de pobre pero buena, de clase media, no conoce la casa donde vive Guadalupe. 6) que la señora Marin vive con su marido, dos hijos varones solteros y los dos nietos que está criando, no sabe cómo está compuesta la familia donde vive Guadalupe. 7) que se remite a lo expuesto, por ser vecinos. No siendo para más se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación por ante mí que doy fe.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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