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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0520/2007
Fecha: 2007-08-13
Carátula: SANDOVAL LUIS ARMANDO C/ AILIGO LORENZO ROBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: ACLARAR
EXPTE. Nº : 0520/2007.-
CARATULA: "SANDOVAL LUIS ARMANDO C/ AILIGO LORENZO ROBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO".-
VIEDMA, agosto de 2007.-
Por presentado, parte en el carácter invocado conforme copia de poder adjunta y por constituído domicilio. Agréguese la certificación acompañada.-
Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Existiendo diferencia en el nombre del actor y de su hijo menor de edad conforme surge del poder y del escrito de demanda, aclárese y se proveerá.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto fotocopia de dictámen médico conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, agosto de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro