Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37910

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-10

Carátula: GONZALEZ Martin c/POGGI Ismael Ruben y Otro S/ Ordinario

Descripción: traslado demandad//es ORDINARIO

General Roca,, 10 de agosto de 2007.-

Atento la nueva normativa vigente (ley 4142), el presente expediente tramitará por las normas del proceso ordinario, modifíquese la carátula y déjense las constancias respectivas.-

Téngase presente el domicilio denunciado y córrase traslado a la demandada por el término de veintitres días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa ley 22.172 a la ciudad de Realicó. Pcia, de La Pampa.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento. COSNTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro