Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32996IV

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-17

Carátula: CREDIL S.R.L. c/BADILLA Luis O. S/ Ejecutivo

Descripción: regulacón complementarios

//neral Roca, 17 de mayo de 2005.

Respecto a honorarios por acrecidos estése a la regulación de fs. 76.

Regulo honorarios complementarios a la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $103.- (M.B. $741,65- arts. 6, 7 y 40 ley 2212 ).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Téngase presente la conformidad de Caja Forense.

Previo al cheque peticionado dése vista a RENTAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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