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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35572
Fecha: 2005-05-17
Carátula: Banco RIO S.A. C/SOLORZA Claudio M.yO. S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena embargo
//neral Roca, 17 de MAYO de 2005.-
Proveyendo el escrito de fs. 75, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a las empleadoras (GOBIERNO DE LA PCIA. DE RIO NEGRO y LEGISLATURA DE LA PCIA. DE RIO NEGRO) a fin de que haga efectivo el mismo respectivamente sobre los sueldos de los demandados CLAUDIO MARCELO SOLORZA y AZUCENA ANAHI OVEJERO, en el porcentaje de ley y hasta cubrir la suma de $7.234,32 en concepto de capital con más la de $3.000.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia Sudameris, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Oportunamente, notifìquese a los demandados el embargo ordenado.-
Proveyendo el escrito de fs. 77, agréguese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro