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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0213/01/5
Fecha: 2007-08-08
Carátula: VIGGIANI SUSANA C/ MARIN ANDRES S/ EJECUTIVO
Descripción: ARCHIVO TERMINADO
EXPTE: 0213/01/5
CARATULA:VIGGIANI SUSANA C/ MARIN ANDRES S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.007.-
Habiéndose devuelto los autos principales, agréguese la media carátula formada.-
Al escrito de fs. 88:
Atento el estado de autos y constancias de la causa, al desistimiento formulado no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello y atento lo manifestado, archívense las actuaciones en carácter de terminadas, remitiéndose oportunamente al Archivo General del Poder Judicial.-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, trans- curridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro