Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37937

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-08

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/GONZALEZ Hernán Martin S/ Ejecutivo

Descripción: Sentencia Trance//A CAJA FORENSE

//neral Roca, 08 de AGOSTO de 2007.-

AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en los presentes autos caratulados "DIRECCION GRAL. RENTAS C/GONZALEZ Hernán Martin S/ Ejecutivo" (Exp. Nro. 37937).-

No habiendo el accionado opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado: HERNAN MARTIN GONZALEZ-----

haga al acreedor DIRECCION GENERAL DE RENTAS, íntegro pago del capital reclamado de $4.199,40 más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC).-

Ténganse presente los honorarios pactados según fs. 41.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7 y 40 ley 2212 RN).-

Téngase por constituído el domicilio de la demandada en los Estrados del Tribunal.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- Regístrese.-

Téngase presente la denuncia de pagos formulada por el ejecutante.-

Previo al levantamiento del embargo, vista a caja forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro