Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0649/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-07

Carátula: TOLDERLUND ALICIA C/ BURGOS MATIAS MANUEL S/ SUMARISIMO - DESALOJO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: ALICIA TOLDERLUND - DRA. PAOLA MUNYAU

Domicilio: URQUIZA 476 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TOLDERLUND ALICIA C/ BURGOS MATIAS MANUEL S/ SUMARISIMO - DESALOJO ", Expte. Nº 0649/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto de 2.007.- ... Por iniciada demanda de desalojo, la que tramitará según las normas del proceso sumarísimo (arts. 486 y 679 del Código Procesal Civil y Comercial). En consecuencia, hágase saber a la parte que en el término de cinco (5) días deberá ofrecer toda la prueba de que intente valerse (Conf. art. 486 Ley 4142). Notifíquese. Recaratúlense las presentes actuaciones.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2007.-

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