Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0036/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-03

Carátula: RIOS LINO ROGELIO C/ MONTENEGRO NATALIA DANIELA S/ SUMARISIMO - DESALOJO

Descripción: INICIA DESALOJO. IMPRIME TRAMITE SUMARISIMO - 5 DÍAS PARA ADECUAR

EXPTE. Nº 0036/2007.-

CARATULA: RIOS LINO ROGELIO C/ MONTENEGRO NATALIA DANIELA S/ SUMARIO - DESALOJO.-

Viedma, agosto de 2007.-

Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas. Tiénese presente lo manifestado.-

Toda vez que el contrato de locación reservado en Secretaría, cuya copia obra a fs. 2 no reúne el requisito expresado en el art. 488 del C.Pr., a la solicitud del dictado de sentencia monitoria efectuado a fs. 21, en este estado, no ha lugar.-

En su mérito, tiénese por iniciada demanda de desalojo que tramitará según las normas del proceso sumarísimo (arts. 486 y 679 del Código Procesal Civil y Comercial).-

En consecuencia, hágase saber a la parte que en el término de cinco (5) días deberá ofrecer toda la prueba de que intente valerse (Conf. art. 486 Ley 4142). Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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