Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37609

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-02

Carátula: CARRERA Margarita c/INFANTE Mario N. y Otro S/ Ejecución de Alquileres

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 02 de AGOSTO de 2007.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la empleadora Policia de la Provincia de Río Negro, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir la sumas de $ 3.318,93 en concepto de capital con más la de $ 1.300 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro