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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36549
Fecha: 2007-08-02
Carátula: ALFARO Eliseo otra c/VALLE Luis y otro S/ Daños y Perjuicios
Descripción: a cedula
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CEDULA DE NOTIFICACION
FERNANDO J VALENZUELA (APODERADO DE QUETRIHUE S.A.)
SAN MARTIN 1083 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
ALFARO ELISEO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ
DRES. SERGIO ESPUL Y MARGOT PEREZ BAMBILL
MITRE 944, 1* PISO, OFICINA 2 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 404/410.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
MANUEL PASSANISI
DR. EDUARDO SAINT MARTIN
ITALIA 1508, PISO 1, OFICINA 3/4 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 404/410.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
LUIS VALLE CARRERA
DRES. Alejandro Cataldi, Sergio Barotto, José Iturburu y Federico Raffo Benegas
GADANO 744 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 404/410.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
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María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
DRES. Alejandro Cataldi, Sergio Barotto, José Iturburu y Federico Raffo Benegas
GADANO 744 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 404/410.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
FERNANDO VALENZUELA- QUETRIHUE S.A.
DRES. Pablo Gonzalez y Justo Emilio Epifanio
San Martin 1083 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ALFARO ELISEO Y OTRA C/VALLE LUIS Y OTRO S/SUMARIO” (36.549-III-05) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 1 de agosto de 2007-..FALLO: Haciendo lugar a la excepción de prescripción opuesta por LUIS VALLE CARRERA y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y rechazando la demanda promovida por ELISEO ALFARO y HERMINDA DEL CARMEN SILVA PEREZ contra LUIS VALLE CARRERA, MANUEL PASSANISI y ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con los mismos efectos para el tercero citado a juicio QUETRIHUE S.A., con costas en los términos del art.84 del C.P.C.- Regulo los honorarios de los Dres. Sergio S. Espul en $ 12.600.-, Margot Perez Bambill en $12.600.-, Eduardo E. Saint Martín en $ 14.000.-, Alejandro D. Cataldi en $ 7.980.-, Sergio M. Barotto en $ 6.650.-, José M. Iturburu en $ 6.650.-, Federico Raffo Benegas en $ 6.650.-, Fernando J. Valenzuela en $ 2.400.-, Pablo J. Gonzalez en $ 3.000.- y Justo E. Epifanio en $ 3.000.-,(M.B. $ 200.023,58.- arts.6, 6bis, 7, y 39 ley 2212).-Por la incidencia resuelta a fs.291/2 regulo los honorarios de los Dres Fernando Valenzuela en $ 36.-, Pablo Gonzalez en $ 45.-, Justo Epifanio en $ 45.-, Sergio Espul en $ 125.-, Margot Perez Bambill en $ 125.-, Alejandro Cataldi en $ 36.-, Sergio Barotto en $ 30.-, José M. Iturburu en $ 30.- y Federico Raffo Benegas en $ 30.-. Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, reg. y cúmplase co la ley 869.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-
Se acompaña copia de fs. 404/410.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 02 de agosto de 2007.-.-
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María del C. Villalba
Secretari
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Poder Judicial de Río Negro