Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37631

N° Receptoría:

Fecha: 2007-08-01

Carátula: Of.Dto.: ZUÑIGA Juana s/benef. S/ Oficio Directo

Descripción: Regulación

//neral Roca, 1 de AGOSTO de 2007.=

Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "Of. Dto. ZUÑIGA JUANA S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (Expte. 37.63-III-06).

Previo a la devolución, regulo los honorarios del Dr. Oscar I. Pineda en la suma de $.120....-.

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Al punto I, téngase presente y agréguese el poder adjuntado -

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro