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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0185/2003
Fecha: 2007-07-31
Carátula: NUÑEZ FELIX SEBASTIAN C/ GIARRAFA JORGE S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: DESISTE-REGULA HONORARIOS
EXPTE. N° 0185/2003
CARATULA: NUÑEZ FELIX SEBASTIAN C/ GIARRAFA JORGE S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, julio de 2007.-
Atento lo peticionado y de conformidad con lo previsto en los arts. 304 y 305 del C. Pr., tiénese a la parte actora por desistida de la acción y del derecho, con costas (art. 73 del C. Pr.), regulándose los honorarios profesionales de los Dres. Cristo Walter Guenumil, Emilio De Rege y Martin Alcalde, en conjunto, en la suma de $ 1.155 (coef. 11 %), los del Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 1.617 (coef. 11 % más 40 %), los de los Dres. Juan Carlos Perrote y Pablo Sergio Mao, en forma conjunta, en la suma de $ 1.617 (coef. 11 % más 40 %), los del perito médico sr. Carlos Espósito en la suma de $ 500 y los del perito accidentológico sr. Héctor Eduardo Hernandez en la suma de $ 100; M.B. 50 % de $ 21.000 (arts. 7, 9, 20, 47 y 49 ley 2212).-
Asimismo y por la incidencia resuelta a fs. 38/39, corresponde regular los honorarios profesionales de los Dres. Cristo Walter Guenumil y Emilio De Rege, en conjunto, en la suma de $ 250 (5 jus) y los del Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 150 (3 jus).-
Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro