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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37509
Fecha: 2007-07-31
Carátula: CREDIL SRL C/VALENZUELA LILIANA LEONTINA S/ Ejecutivo (*)
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 31 de JULIO de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 636 en concepto de capital con más la de $ 318 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a la demandada el embargo precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro