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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29624IV
Fecha: 2007-07-31
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/ARANDA Mercedes B. S/ Ejecutivo
Descripción: a protocolo//a Rentas
General Roca, 31 de julio de 2007.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “BANCO BANSUD S.A. C/ARANDA MERCEDES BEATRIZ S/EJECUTIVO” (EXPTE. N* 29.624-IV-96).-
RESUELVO: Tener presente lo manifestado y regular por acrecidos, los honorarios del Dr. Rolando Bonacchi en $ 65.- y a partir de fs. 81 los del Dr. Eduardo E. Saint Martin en la suma de $ 225.- (M.B. $ 4.000 -denunciado a fs. 189-)-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Agréguese la constancia acompañada y la conformidad prestada por Caja Forense en el otro si digo.-
Previo al levantamiento de las medidas decretadas en autos, vista a Rentas.-
Oportunamente concédese el préstamo por el término de tres días.-
NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro