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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0840/2002
Fecha: 2007-07-30
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ JORAJURIA DANIEL ENRIQUE S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO HABERES-COBRO P/ BCO.
EXPTE. Nº : 0840/2002.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ JORAJURIA DANIEL ENRIQUE S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, julio de 2007.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes del demandado DANIEL ENRIQUE JORAJURIA en las proporciones de ley, como empleado de Salud Pública de la Provincia de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 430,43 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 286 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al mencionado Organismo, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 527,76 en concepto de monto de liquidación aprobada, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro