include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37973
Fecha: 2007-07-13
Carátula: GARRIDO Carina Vanesa S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: * a Rentas inicio
General Roca, 13 de julio de 2.007.-
Téngase por cumplido con lo ordenado a fs. 10, 2º y 4º párrafo.-
Atento lo manfiestado respecto del apellido del codemandado, modifíquese el libro y los registros respectivos.-
Cítese a los futuros demandados Victorio Filocamo, Sergio Daniel Caliri y Aseguradora Federal Argentina S.A. a fin de que comparezca a fiscalizar la prueba a producir en autos (art. 80 del C.P.C.) a cuyo fin líbrese cédula a Villa Regina y cédula ley 22172 a Capital Federal .-
Fecho, para la declaración de los testigos propuestos, Miguel Millar, Carmen Rosa Choque y Fabián Millar, fíjase la audiencia del día 18 de octubre de 2007 a las 9,00 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 08 de noviembre de 2007 a las 8,00 hs. que se fija como complementaria. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-
Líbrese oficios al RPI, R.P.A de que informen si el actor posee bienes inscriptos a su nombre.-
Asimismo, pasen los presentes a la Delegación de RENTAS (acordada N° 10/03 art. 4 del STJ).
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro