Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31494IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-13

Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. c/COPPOLA María C. S/ Ejecución Hipotecaria

Descripción: PROVEIDO.-

//neral Roca, 13 de JULIO de 2007.-

Por presentado, en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-

Siendo que la revocatoria contiene temas que ya han sido tratados en el interlocutorio de fs. 214, a la revocatoria interpuesta no ha lugar por improcedente.-

Concédese la apelación interpuesta en forma subsidaria.-

Atento a que en el día de la fecha está fijada la subasta y por ende no puede remitirse las actuaciones, testimóniense las partes pertinentes y remítase a la Excma Cámara de Apelaciones a sus efectos.-

Carga que corresponde al apelante.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro