include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0297/2007
Fecha: 2007-07-11
Carátula: OTERO MARIA LUISA C/ GOMEZ DANIEL ABELARDO Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ EJECUCION DE SENTENCIA
Descripción: EMBARGO AUTOMOTOR
EXPTE. No 0297/2007
CARATULA:OTERO MARIA LUISA C/ GOMEZ DANIEL ABELARDO Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) S/ EJECUCION DE SENTENCIA.-
Viedma, julio de 2.007.-
1.- Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, trábese embargo sobre el automotor dominio FCF 148, hasta cubrir las sumas de $ 23.034 en concepto de capital de sentencia, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 4.436 que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio, siempre y cuando se encuentre inscripto a nombre del demandado, JUAN DOMINGO SACCO. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor de esta ciudad, haciendo constar en el mismo las personas facultadas para su diligenciamiento.-
2) Toda vez que se peticiona el embargo de dos automotores más que se atribuyen al demandado, atento la naturaleza de los mismos y sin perjuicio de tener presente el monto que se ejecuta, aclare la insuficiencia del primero de ellos y se proveerá.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro