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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35504
Fecha: 2007-07-11
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ALARCON Norberto Adolfo S/ Ejecutivo
Descripción: REgulacion acrecidos///a cheque.-
//neral Roca, 11 de JULIO de 2007.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el Otrosi digo por el Apoderado de Caja Forense.-
Líbrese cheque a la orden de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 76,40 en concepto de: saldo de planilla de liquidación aprobada a fs.228 y vta.-
Regulo los honorarios, por acrecidos de la Dra.Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 140.- (MB:$ 2550,46 -capital,gastos,honorarios, aporte de Caja Forense e IVA sobre honorarios -con más sus respectivos intereses- planilla de liquidación practicada a fs.82 y vta.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla ( arts. 6, 6 bis,7 Ley 2212 RN).-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.43, éste concepto, a lo solicitado no ha lugar.-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
El /07/07 se libro cheque No CONSTE.-
El /07/07 la Dra.Saitta retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro