Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0157/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2007-07-10

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ KISSNER JUAN Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA CAJA FORENSE

C E D U L A

Señor: CAJA FORENSE

Domicilio: BELGRANO Nº 80 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ KISSNER JUAN Y OTRA S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0157/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, julio 5 de 2.007.- Y Vistos: ... Y Considerando: .. RESUELVO: I.- Rechazar la demanda interpuesta a fs. 33/36 por la Provincia de Río Negro contra el sr. Juan Kissner y la sra. Delia Irma Barrera de Kissner.- II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 68 ap. 1° C.Pr.) y regular los honorarios profesionales de los Dres. Juan Alfredo Kissner, Fernando A. Casadei y Ariel Alice, en forma conjunta, en la suma de $ 4.295 (coef. 2/3 del 11 %); MB: $ 58.584,44. (conf. 2, 6, 7, 19, 37, 38 y cc. Ley 2.212) Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de julio de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro