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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0479/2004
Fecha: 2007-07-10
Carátula: GALIANO MIGUEL C/ GOMEZ JOSE MIGUEL S/ EJECUTIVO
Descripción: embargo y oficio cobro
EXPTE. Nº 0479/2004
CARATULA: GALIANO MIGUEL C/ GOMEZ JOSE MIGUEL S/ EJECUTIVO
Viedma, julio de 2007.-
Agréguese el saldo bancario acompañado.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, GOMEZ JOSE MIGUEL como empleado del Consejo de Educación de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 145 en concepto de capital, con más la suma de $ 100 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia Sudameris S.A.. Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar el oficio ordenado.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia Sudameris S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Manuel Maza y/o Leandro Sferco a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 296,82 e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro