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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22267/07
Fecha: 2007-07-10
Carátula: CORNOU, JULIO DANIEL S/ PRESENTACIÓN
Descripción: rechazo-remisiòn-of..céd..-
Expte.N* 22267/07-STJ-
///MA, 7 de julio de 2007. -
-----Por recibidos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----No surgiendo de las presentaciones efectuadas por el interno Julio Daniel CORNOU el encuadramiento en el art.1* y cc. de la ley 3368 que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia, -reclamo por alimentación, calificación y concesión se libertad asistida- conforme lo ya expresado en Expte.N* 21936/07-STJ, “LilLo,Cecilio s/ Habeas Copus”, 6 de marzo de 2007; idem Expte.N*21939/07, “Gomez Julio Luis Miguel s/petición”; “Cabezas, Sergio Fabían s/ habeas corpus” expte. 21979, del 20 de marzo de 2007; “Gomez Julio Luis Miguel s/petición” expte.N*21939/07); sumado a que la Cámara 1ra. en lo Criminal de Bariloche esquién debe atender el pedido del interno; y conforme tiene dicho este Superior Tribunal de Justicia que "No procede este remedio de excepción contra actos del propio Poder Judicial en tanto el proceso judicial permita las revisiones y correcciones pertinentes" (Cf. STJRNCO "Iribarren, Nelson S/Mandamiento de Prohibición", Se. 95/99 del 21-12-99), a lo peticionado no ha lugar.- - - - - - - - - - - - - - - -----Notifíquese y remitanse a la Cámara Primera de S.C.de Bariloche a los fines de su consideración.- - - - - - - - - - - -
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUBROGANTESUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro