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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0392/2007
Fecha: 2007-07-06
Carátula: GONZALEZ VICTORICA DIEGO LUIS S/ HABEAS DATA
Descripción: previo estése incorp.cédula
EXPTE. N° 0392/2007
CARATULA: GONZALEZ VICTORICA DIEGO LUIS S/ HABEAS DATA
Viedma, julio de 2007.-
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Previo a proveer y atento los términos del escrito en despacho deberá estarse a la recepción de la cédula cuya constancia de retiro luce a fs. 12 vta.-
Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples e impresos de internet, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro