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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0763/2006
Fecha: 2007-07-06
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ COICO MARIA ELENA S/ APREMIO
Descripción: REMATE EJECUCION FISCAL
Viedma, julio de 2.007.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ COICO MARIA ELENA S/ APREMIO", (Expte. Nº 0763/2006); y
CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 604 del Código Procesal Civil y Comercial).-
Que la demandada no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del Art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial (t.o. Ley 2208).-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra de MARIA ELENA COICO, condenándolo a pagar a la DIRECCION GENERAL DE RENTAS la suma de $ 5.528 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde el 27-11-06 y hasta el 31-05-07 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-
II.- Imponer las costas del presente juicio a la ejecutada (Art. 68 del C. Pr.).-
III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Patricio Gustavo Bellomo y Miguel A. Galindo Roldan, en conjunto, en la suma de $ 638. M.B.: $ 5.528. Coef. 11 % red. en un 25 % y 40 %. (Arts. 7, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro