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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36276
Fecha: 2007-07-06
Carátula: SAN SEGUNDO Luis A. c/CRESPO Walter E. y otra S/ Ordinario
Descripción: Acta
Autos: "SAN SEGUNDO Luis A. c/CRESPO Walter E. y otra S/ Ordinario" (Expte. Nro. 36276)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 6 de julio de 2007 , a las 8.40 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Sra. NOEMI NELLY JURADO con el patrocinio del Dr. Daniel Gustavo Zornita y el dr. Carlos A. Martínez como gestor procesal de la actora. Abierto el acto, el dr. Martínez manifiesta que acompaña certificado médico del sr. Luis San Segundo el que se incorpora en este acto y toma conocimiento la contraria. Sin perjuicio de ello y teniendo instrucciones para tratar el tema de esta audiencia se tiene un intercambio de opiniones con el dr. Daniel Gustavo Zornita quien comparte los argumentos expuestos para fijar los honorarios, manifestando el dr. Zornitta que tiene instrucciones de la Dra. Evangelista quien con posterioridad ratificarà lo acordado en esta audiencia, debiendo el dr. Martínez también ratificar la gestión por el sr. San Segundo. El acuerdo al que se arriba tomando en cuenta las costas de primera y segunda instancia por los recursos deducidos se fija a cargo de San Segundo en favor de los Dres. Zornitta y Evangelista la suma de $900.- por todo concepto sin que se puedan hacer otro reclamo en esta causa. En razón de la condena en costas por los recursos deducidos por los demandados y en función de la suma fijada precedentemente éstos no deben ningún importe al Dr. Martínez puesto que de este modo quedan compensadas todas las costas, con la suma de $900.-. pesos la que se abonará a los diez días de su homologación, la que se hará previa ratificación de quienes no han comparecido a este acto. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro